
Mientras aquí en España es necesario que un juez determine el corte de la conexión a Internet de un ciudadano ya que supone vulneración de derechos fundamentales como la privacidad de las comunicaciones y la presunción de inocencia, en Europa el día 24 de Noviembre aprobó una
nueva directiva comunitaria según la cual se permitía restringir el acceso a Internet sin necesidad de orden judicial previa cuando se atente contra los derechos de autor en redes P2P o concentradores de enlaces tipo piratebay. Con dicha directiva se da un paso más en las pretensiones de la Industria de "creadores y contenidos" para poner coto a la piratería. Lo que no se nos explica es como el ente que lleve a cabo el corte puede saber lo que yo me estoy descargando y si eso que me descargo está sujeto a derechos de autor o es de copyleft. Si lo saben, es porque están interviniendo mis comunicaciones previamente lo cual es ILEGAL en España. Sería como cometer un delito para probar que un tercero está cometiendo otro, pero penando solo a éste último.
Está claro que las multinacionales discográficas y de contenidos ( en España la SGAE) están dispuestos a dilapidar derechos fundamentales como la presunción de inocencia, el canon digital presupone que todos pirateamos, como la privacidad de nuestras comunicaciones para blindar sus beneficios. Este es un ejemplo más que viene a sustentar mi tesis de que las multinacionales defienden la democracia, los derechos humanos y salvar a las ballenas..... hasta que sus beneficios peligran. Es entonces cuando más descarnadamente vemos que para las empresas lo primero son los beneficios y después viene todo lo demás.
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